El presidente Luis Arce firmará el miércoles el acuerdo promovido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y que abre la posibilidad de que países, como Bolivia, pueda aprovechar y explotar los recursos del mar en aguas internacionales.

El documento del que será parte Bolivia fue adoptado por Naciones Unidas el 19 de junio de este año. Arce lo firmará a las 10h00, confirmó el representante Permanente de Bolivia ante la ONU, Diego Pary.

“El día miércoles 20 de septiembre, (el presidente) estará firmando uno de los acuerdos más importantes que ha acordado las Naciones Unidas durante este año, que es un acuerdo para la protección de la biodiversidad marina”, explicó en Bolivia Tv.

Se trata, dijo, del “segundo acuerdo más importante sobre asuntos marinos (después de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar)” y que “va a dar la posibilidad, por ejemplo, a los países en desarrollo sin litoral, como es el caso de Bolivia, de que puedan aprovechar y explotar los recursos del mar”.

En 1825 Bolivia nació a la vida independiente con una costa de aproximadamente 400 kilómetros sobre el Océano Pacífico. En 1879 Chile invadió y ocupó por la fuerza el territorio del Litoral y desde entonces privó a Bolivia de un acceso soberano al mar.

Como país privado de su litoral, Bolivia es parte de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, tratado que entró en vigencia en 1994. Una de sus partes, la décima, se refiere al “derecho de acceso al mar y desde el mar de los Estados sin litoral y libertad de tránsito”.

De acuerdo con la ONU, la firma de este nuevo acuerdo estará abierto a partir de este 20 de agosto. Entrará en vigor tras su ratificación por 60 Estados.

Creará un marco para la distribución justa y equitativa de los posibles beneficios derivados de las actividades relacionadas con los recursos genéticos marinos y la secuenciación digital de los mismos en aguas internacionales, garantizando que dichas actividades beneficien a toda la humanidad.

Permitirá establecer mecanismos de gestión (explotación) por zonas, como las áreas marinas protegidas, a fin de conservar y administrar de forma sostenible las especies y los hábitats de alta mar en las zonas internacionales de los fondos marinos.

Este tipo de medidas son fundamentales para cumplir el objetivo mundial de conservar y gestionar eficazmente al menos el 30% de las zonas terrestres, aguas continentales, y áreas marinas y costeras para 2030, según lo acordado en el Marco Mundial de la Biodiversidad de Kunming-Montreal.

Garantizará la evaluación y el examen del impacto medioambiental de las actividades realizadas en zonas fuera de las jurisdicciones nacionales.

También establecerá un marco jurídico internacional para la evaluación de los impactos en las actividades y sus consecuencias relacionadas con el cambio climático, la acidificación de los océanos y otros efectos conexos en alta mar.

Por último, facilitará el logro de las condiciones y la transferencia de tecnología marina necesaria para ayudar a las Partes a alcanzar los objetivos del Acuerdo, en particular a los Estados en desarrollo.

Además de estos aspectos, el acuerdo aborda varias cuestiones transversales, como su relación con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, con los instrumentos y marcos jurídicos pertinentes y con los órganos mundiales, regionales, subregionales y sectoriales competentes, así como la financiación y la solución en caso de controversias.

También establece una serie de mecanismos institucionales, como una Conferencia de las Partes, un Órgano Científico y Técnico y otros órganos subsidiarios de la Conferencia de las Partes, un Mecanismo de Facilitación y una secretaría.

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