El decreto supremo N° 4469 del gobierno de Luis Arce prevé que la evaluación a los servidores públicos para acceder a la carrera administrativa se realizará con la participación de las organizaciones sociales que están reconocidas en el marco de la Ley de Participación y Control Social, asimismo, deben cumplir con el denominado «Servicio social comunitario descolonizador y despatriarcalizador».

El artículo 3 de la norma establece que las entidades públicas para encarar procesos de incorporación a la carrera administrativa, deben considerar que “En la evaluación de las servidoras y los servidores públicos, se podrá incluir actores y mecanismos establecidos en la Ley de Participación y Control Social, priorizando aquellos actores del control social directamente involucrados con los servicios públicos a los que postulan las y los servidores a ser evaluados”.

La Ley 341 reconoce tres tipos de actores de la Participación y Control Social; los orgánicos, son los sectores sociales, las juntas vecinales y/o sindicales organizados, legalmente reconocidos; los comunitarios, son los pueblos indígenas originarios campesinos, las comunidades interculturales y afrobolivanas y todas las reconocidas por la Constitución.

Finalmente, los circunstanciales, son aquellos que se organizan para un fin determinado, y que cuando el objetivo ha sido alcanzado, dejan de existir. De acuerdo al DS, este es uno de los criterios para la incorporación a la carrera administrativa.

Entre los requisitos adicionales dice que “deben cumplir con el Servicio social comunitario descolonizador y despatriarcalizador”; asimismo, haber finalizado satisfactoriamente el “Curso de Inducción al Servicio Público a ser impartido por la Escuela de Gestión Pública Plurinacional”.

El artículo 4 del decreto, describe que el Social Comunitario Descolonizador y Despatriarcalizador consiste “en el desarrollo de un conjunto de actividades, enmarcadas en el principio de «Servir Bien, Para Vivir Bien», mediante el cual los servidores pondrán sus aptitudes, destrezas y conocimientos técnicos, personales y/o profesionales al servicio de la sociedad, de forma solidaria, responsable y complementaria, conforme al planeamiento y prioridades establecidas por los diferentes niveles de gobierno, teniendo en cuenta las necesidades de su entorno”.

Las otras dos condiciones son: “No tener obligaciones pendientes con el Estado establecidas mediante pliegos de cargo ejecutoriados y no pagados; no contar con registro en la Contraloría General del Estado, por resolución ejecutoriada que establezca responsabilidad administrativa, cuya sanción haya sido la destitución”.

Asimismo, señala que una vez publicado el DS, el Ministerio de Trabajo en un plazo de 30 días deberá aprobar mediante resolución la reglamentación para la aplicación de la nueva norma con su característica descolonizadora.

La Alianza Comunidad Ciudadana (CC) advirtió en diciembre del año pasado que el Movimiento Al Socialismo (MAS) acabó con la carrera administrativa al implementar un ajuste estructural de los cargos y funciones dentro de la Ley sobre el Presupuesto General del Estado (PGE) 2021.

“Dice exactamente lo mismo, que a partir de la vigencia de esta ley se suspende la carrera administrativa, es un 21060 para los 500 mil empleados del sector público, en municipios, en gobernaciones y en el Gobierno central”, manifestó en ese entonces el diputado de CC, Miguel Roca.

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