El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón, descartó este sábado que se haya creado un nuevo impuesto al comercio digital en el país, como lo afirmaron en pasados días los diputados de Comunidad Ciudadana (CC) Marcelo Pedrazas y Luisa Nayar, que denunciaron un supuesto “impuestazo” o cobro de tributos a los servicios digitales, entre ellos las plataformas de estudio por internet o de transacción.

“A raíz de las interpretaciones antojadizas de diputados de Comunidad Ciudadana, quiero aclarar a la población boliviana y a los contribuyentes que el Servicio de Impuestos Nacionales no aprueba ni crea leyes, esa es competencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional y del Presidente del Estado, quien la promulga”, dijo en conferencia de prensa.

Aclaró que lo que hizo es SIN fue emitir la resolución normativa 102120, mediante la cual se solicita a los contribuyentes que ya registran la venta de bienes y servicios a través de medios digitales, que actualicen la información de las actividades económicas en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD), conforme al Clasificador de Actividades Económicas de Bolivia (CAEB), en un plazo de 60 días calendario.

“Esta resolución establece que los contribuyentes que ya desarrollan actividades económicas a través del internet, deben actualizar sus actividades en el padrón nacional de contribuyentes. Además, establece que las empresas que ya prestan u ofrecen servicio a través del internet están obligados a emitir factura, en el marco de la Ley 843”, explicó Cazón.

Entre los contribuyentes que ya desarrollan actividades económicas vinculadas por ejemplo a “Servicios de Intermediación en la Venta de Bienes y Servicios a Través de Medios Digitales”, se encuentran Pedidos Ya, Yaigo, Tigo Money y Superticket; la venta de pasajes aéreos en línea de empresas como BOA o Tropical Tours.

En el “Suministro de Contenido Digital por Descarga o Streaming”, empresas como Bolivia Cine ya ofrecen servicios en el territorio nacional.

En el caso del “Suministro de Plataformas y Servicios de Contenido Digital para Educación en Línea”, ya están operando en territorio boliviano contribuyentes del sector educativo como las universidades e institutos privados que ofrecen servicios de educación a distancia por internet.

Mientras que en el “Suministro de Tecnología en la Nube”, empresas de telecomunicaciones como Entel y Tigo, prestan desde hace bastante tiempo estos servicios.

“Esta nueva normativa es de alcance interno y de ninguna manera adiciona otro impuesto, puesto que solo adecúa el Clasificador de Actividades Económicas de Bolivia (CAEB) a la actualidad, sobre actividades económicas que ya se realizan desde hace muchos años atrás en el país”, destacó el titular del SIN.

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